Divorcio unilateral en Colombia: cómo funciona, requisitos y diferencias con el de mutuo acuerdo
Cómo funciona el divorcio unilateral que creó la Ley 2442 de 2024, qué debe llevar la propuesta de divorcio, en qué se diferencia del divorcio de mutuo acuerdo ante notaría y del contencioso, qué documentos se necesitan y qué pasa con los hijos y los bienes.
El divorcio unilateral en Colombia existe desde la Ley 2442 de 2024, que agregó al artículo 154 del Código Civil una nueva causal: «la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges». Ya no hace falta probar una falta del otro ni esperar dos años de separación para pedir el divorcio. Esta guía explica cómo funciona esa causal, qué debe contener la propuesta que exige la ley y en qué se diferencia de las otras formas de divorciarse.
Tres caminos para divorciarse
| Camino | Quién lo pide | Dónde se tramita | Qué se necesita | |---|---|---|---| | Mutuo acuerdo | Los dos cónyuges | Notaría o juez de familia | Acuerdo sobre hijos, alimentos y bienes | | Divorcio unilateral (causal 10) | Cualquiera de los dos | Juez de familia | Demanda con propuesta de divorcio | | Contencioso (causales 1 a 8) | El cónyuge que no dio lugar a los hechos | Juez de familia | Probar la causal (infidelidad, maltrato, separación de más de dos años, entre otras) |
El divorcio de mutuo acuerdo ante notario lo permite el artículo 34 de la Ley 962 de 2005. Cuando hay hijos menores de edad, el notario da traslado al defensor de familia para que revise lo acordado sobre ellos.
Cómo funciona el divorcio unilateral
No necesita causa ni culpable
Con la causal 10 del artículo 154 del Código Civil, cualquiera de los cónyuges puede demandar el divorcio en cualquier momento. El otro cónyuge no puede oponerse al divorcio en sí: según el artículo 156 (modificado por la Ley 2442), solo puede oponerse al contenido de la propuesta, presentando una distinta.
La propuesta de divorcio
La demanda debe ir acompañada de una propuesta de divorcio con las medidas que regularán sus efectos. El parágrafo 1 del artículo 156 enumera lo que debe contener, si es el caso:
- Cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre los cónyuges.
- Liquidación de la sociedad conyugal.
- Si hay hijos: cómo contribuirá cada padre a su crianza y educación, la cuantía de la cuota alimentaria (art. 24 del Código de la Infancia y la Adolescencia), custodia y cuidado personal, y régimen de visitas.
- Las reparaciones que correspondan.
El juez revisa de oficio la cuota de los hijos menores y si uno de los cónyuges queda sin medios para subsistir, y puede proponer fórmulas distintas a las de las partes. También debe revisar, con perspectiva de género, si existen otras causales y si alguno de los cónyuges está en riesgo.
Alimentos para el cónyuge
La Ley 2442 agregó al artículo 411 del Código Civil el deber de alimentos a favor del cónyuge que, por un divorcio tramitado con la causal 10, quede sin medios para su subsistencia, mientras no contraiga un nuevo matrimonio ni una nueva unión marital.
Si al final hay acuerdo
El artículo 7 de la Ley 2442 permite que, si quien inició el divorcio unilateral llega a un acuerdo con el otro cónyuge, el trámite se continúe y termine ante notario como divorcio de mutuo acuerdo.
Plazos: el divorcio ya no caduca
La Ley 2442 modificó el artículo 156 del Código Civil: la demanda de divorcio se puede presentar en cualquier tiempo, sin caducidad. La excepción son las pretensiones económicas o sanciones ligadas a ciertas causales: deben pedirse dentro de dos años, contados desde que se conocieron los hechos (causales 1 y 7) o desde que ocurrieron (causales 2, 3, 4 y 5). Si se invoca maltrato (causal 3) y se prueba, la ley prevé la reparación integral de la víctima de violencia intrafamiliar.
Qué pasa con los bienes y los hijos
Ejecutoriada la sentencia, se disuelve el vínculo del matrimonio civil o cesan los efectos civiles del religioso, y se disuelve la sociedad conyugal (art. 160 del Código Civil). La liquidación de los bienes es un paso aparte: puede hacerse de común acuerdo ante notario o por vía judicial.
Los deberes con los hijos siguen intactos: la cuota alimentaria, la custodia y las visitas quedan fijadas en el divorcio y se pueden revisar después. Puede leer más sobre cómo se fija y se cobra la cuota alimentaria.
Documentos que conviene reunir
- Registro civil de matrimonio (con notas marginales actualizadas).
- Registros civiles de nacimiento de los hijos.
- Documentos de identidad de ambos cónyuges.
- Relación de bienes y deudas de la sociedad conyugal: certificados de tradición, tarjetas de propiedad de vehículos, extractos y créditos.
- Soportes de ingresos y gastos de los hijos (colegio, salud, vivienda) para calcular la cuota.
- Capitulaciones matrimoniales, si las hubo.
- Si se invoca una causal contenciosa: las pruebas de los hechos.
Paso a paso del divorcio unilateral
- Reunir documentos y hacer el inventario de bienes, deudas y gastos de los hijos.
- Redactar la propuesta de divorcio con cada uno de los puntos que exige el artículo 156.
- Presentar la demanda ante el juez de familia, con la propuesta y las pruebas.
- Respuesta del otro cónyuge, que puede aceptar la propuesta o presentar una distinta.
- Sentencia que decreta el divorcio y fija las medidas, con o sin acuerdo de las partes.
- Inscripción de la sentencia en el registro civil y liquidación de la sociedad conyugal.
Cuándo conviene hablar con un abogado
La ley exige actuar por medio de abogado en los procesos ante el juez de familia y en el divorcio notarial. Conviene consultar con más razón cuando hay hijos menores, bienes que repartir, deudas comunes, empresas o bienes en el exterior, o cuando hubo violencia intrafamiliar: en ese caso, además del divorcio, existen medidas de protección que pueden pedirse de inmediato.
Cada caso es distinto y esta guía es información general, no una asesoría sobre su situación. Si quiere que una abogada de Gaviria & Asociados revise el suyo, cuéntenos el caso por el formulario de contacto o por WhatsApp: le diremos qué ruta prevé la ley, qué plazo está corriendo y qué documentos hacen falta. La primera conversación sirve para entender el caso; la decisión de seguir es suya.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el divorcio unilateral en Colombia?
¿El otro cónyuge puede negarse al divorcio unilateral?
¿Se puede hacer el divorcio unilateral en notaría?
¿Hay un plazo máximo para pedir el divorcio?
¿Qué pasa con los bienes después del divorcio?
Esta entrada es información general sobre el derecho colombiano y no reemplaza la asesoría de un abogado sobre tu situación. Ningún contenido de este sitio garantiza un resultado.
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